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Club de Planeadores Los Caranchos

Aeródromo:  Ruta Provincial C-45  -  ALTA GRACIA  -  Departamento Santa María  -  Provincia de Córdoba  - República Argentina


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Manual del Vuelo a Vela
Wolf Hirth
1942

Las pruebas
por GEORG BRÜTTING

En el concurso del Rhön de 1921 ya se hizo notar la ne­cesidad de fijar un mínimo de condiciones para pilotar apa­ratos, lo cual se concretó en las condiciones que se fijaron después para las pruebas. En 1925 se determinaron las con­diciones que sirvieron en todas partes para las pruebas de los títulos A y B de vuelos planeados y del título C de vuelo a vela, y desde entonces, en todos los círculos interesados por el vuelo, se dio la bienvenida a los poseedores del bello distintivo azul con las blancas gaviotas (véase fig. 95). En 1930 hubo ya un gran número de distintivos de la clase C. Luego se añadió al distintivo C el reborde de plata; la « Comisión internacional de estudios de vuelo a vela » ins­tituyó el distintivo C de plata para el que hubiese realizado un vuelo de cinco horas, un vuelo de distancia de 50 km. y un vuelo de altura de 1000 m. sobre el punto de salida, siendo Wolf Hirth y Robert Krondfel los primeros que ostentaron ese distintivo. Hoy son portadores de ese distintivo centenares de pilotos de todos los países.

Fig. 95. Los distintivos de pilotos de planeador y de velero: gaviotas blancas sobre fondo azul. Los distintivos superiores tienen una corona de hojas de roble de plata o de oro

En 1937 la « Istus » colmó los deseos de muchos pilotos de concurso creando el « distintivo de oro » para un vuelo de 300 km. y una altura, sobre el punto de salida, de 3000 m.
En 1.º de enero de 1935 quedaron anuladas las condicio­nes vigentes entonces para los títulos A, B y C, y fueron sustituidas por las siguientes:

Titulo A de vuelo planeado

I.           EXAMEN TEÓRICO.

a)         Construcción de planeadores y veleros.

b)         Reconocimiento y conservación de aparatos de vuelo y accesorios.

II.          Cinco vuelos de prueba de duración mínima de 20 segundos, realizados sin defecto y en línea recta. Los aterrizajes habrán de hacerse dentro de una faja de terreno, marcada en el suelo por el profesor, de 20 m. de anchura.
Un vuelo de prueba de 20 segundos de duración mínima, reali­zado sin defecto y en línea recta, ejecutando correctamente el aterrizaje dentro de una faja de terreno de 20 m. de anchura marcada por el profesor. Los seis aterrizajes deberán ser hechos sin daño para el aparato y con velocidad mínima, del tipo de los llamados aterrizajes de cola.
Entre estos vuelos pueden hacerse otros que no se consideren como de prueba.
Pueden autorizar estas pruebas del titulo A: Profesor superior de vuelo a vela; profesor de vuelo a vela; profesores de l.ª y de 2.ª de vuelos planeados.
(Puesto que se habla aquí de profesores de vuelo, se considera oportuno completar el texto dando a conocer sus distintas clases.
Desde el 1.º de marzo de 1935 rigen las siguientes categorías de profesores de vuelo sin motor:

a)         Profesor superior de vuelo a vela.

b)         Profesor de vuelo a vela.

c)          Profesor de 1.ª de vuelos planeados.

d)         Profesor de 2.ª de vuelos planeados.

e)         Monitores.

a) Están facultados para toda clase de enseñanza de vuelo sin motor en planeador y en velero, empleando cualquier método de envuelo; vuelos de prueba de planeadores y veleros; pruebas teóricas para los títulos oficiales de piloto de velero; aceptación de los jefes de vuelo en las escuelas; dictaminar sobre terrenos de escuela y hacer sus ensayos.
b) Están facultados para enseñanza de planeo y vuelo a vela, incluso el título oficial de piloto de velero, empleando el envuelo por tirantes y remolque por torno o automóvil; para autorizar los títulos A y B de planeador y C de vuelo a vela; para las pruebas oficiales de piloto de velero; para aceptación de Jefes de vuelo; para dictaminar sobre terrenos de escuela de planeo y ensayarlos.
c) Enseñanza de vuelos planeados hasta presenciar las pruebas del B, em­pleando el envuelo por tirantes y remolque con torno o automóvil.
d) Enseñanza de vuelos planeados hasta las pruebas del A, empleando solamente envuelo por tirantes.
e) Enseñanza de vuelos planeados y a vela, siempre bajo las órdenes de un profesor superior u ordinario de vuelo a vela.
Las Condiciones necesarias para llegar a ser profesor de las distintas clases son:
a) Poseer todos los títulos oficiales de piloto de velero, incluso autorización para vuelo remolcado y dominar todos los métodos de envuelo; poseer el ti­tulo A de piloto de motor y el título A de conductor de automóvil; poseer la autorización oficial para examinar pilotos de velero; tener por lo menos 21 años de edad y haber seguido los cursos de profesor de vuelo a vela en alguna de las escuelas especiales.
b) Análogo al anterior, salvo no ser necesarios el título de piloto de motor y el remolque por avión.
c) Tener el titulo C y dominar el envuelo por tirantes y remolque por torno y automóvil; ser conductor de automóvil (clase A); haber hecho un curso en una escuela especial.
d) Poseer el título B y dominar el envuelo por tirantes; haber hecho un curso adecuado en una escuela o grupo deportivo; tener 18 años de edad.
e) Tener el título B.
Se exige también a todos condiciones pedagógicas y de carácter.

Los títulos están expedidos en Alemania en tarjetas de los siguientes colores:
a) rojo; b) verde; c) azul; d) gris; e) blanco.
Todas, excepto la ultima, llevan la fotografía del interesado. - N. del T.)

Título B de vuelo planeado

I.          EXAMEN TEÓRICO.

a)        Equipo de planeadores y veleros.

b)        Nociones elementales de meteorología.

II.          EXAMEN DE VUELO.

a)        Con envuelo por tirantes.

Cinco vuelos de prueba de 60 segundos de duración mínima. Los vuelos serán en forma de S en proyección horizontal. Cada vuelo tendrá una virada a la derecha y otra a la izquierda de 90º por lo menos. Las viradas se harán sobre puntos marcados previamente por el profesor. Los cinco aterrizajes deben hacerse con la velocidad mínima, de los llamados aterrizajes de cola y precisamente dentro de un rectángulo de 50 x 150 m. y sin producir daños al aparato. En el aterri­zaje deberá quedar el aparato, todo lo más, a 50 m. de la señal marcada, midiéndose la distancia desde el gancho de envolar del planeador hasta la banderola puesta o señal hecha en el centro del rectángulo.      -

b)        Con envuelo por auto o torno.

Cinco vuelos de prueba de 60 segundos de duración mínima. En cada vuelo se describirá un circulo completo alrededor de una señal puesta previamente por el profesor, debiendo ser las viradas dos a la izquierda y tres a la derecha. Los cinco aterrizajes se harán sobre terreno fijado de antemano y ejecutados con velocidad mínima, de los llamados de cola, sin daño del aparato y dentro de un círculo de 50 m. de radio. La distancia se medirá desde el gancho de envolar del aparato al centro del circulo marcado.
Las curvas que se piden deberán ser voladas con la inclina­ción transversal debida. Las viradas con derrape, o con contramando transversal o de gran radio, no se considera­rán como viradas.

Los cinco vuelos de prueba para el titulo B de planeador pueden hacerse en parte con envuelo por tirantes y en parte con envuelo por torno o motor.
Pueden autorizar las pruebas para el titulo B: profesor superior de vuelo a vela; profesor de vuelo a vela y profesor de l.ª de vuelo planeado.

Titulo C de vuelo a vela

I.          EXAMEN TEÓRICO.

a)        Nociones elementales sobre la teoría del vuelo.

b)        Conducta que debe seguirse en casos especiales.

c)         Meteorología para pilotos de velero.

d)        Empleo y conservación del paracaídas.

II.         Un vuelo de prueba ejecutado a vela, de 5 minutos de duración mínima, en el que se haya podido observar claramente que no ha habido pérdida de altura. El aterrizaje ha de ser sin daños. En las pruebas para el título C hechas con envuelo por remolque con auto, torno o avión, se deberá llevar un barógrafo, para atestiguar con barograma la conservación de la altura, ya que esta circunstancia no se puede observar desde tierra, como su­cede en el vuelo en ladera.
Para el caso de remolque por torno se aplicarán, además, estas nuevas condiciones:
Cinco vuelos condicionales de 2 minutos de duración mínima, haciendo en cada vuelo una virada a la izquierda y otra a la dere­cha, con inclinación transversal de 30º, o dos viradas completas a derecha e izquierda, con 180º de variación de dirección de vuelo. Además, tres vuelos de prueba como los anteriores, con aterrizaje sobre un campo fijado de 50 a 200 m.
Los cinco primeros vuelos condicionales pueden hacerse con planeador o velero de entrenamiento; los vuelos de prueba, pre­cisamente, en estos últimos aparatos.
Pueden autorizar el título C: profesor superior de vuelo a vela; profesor de vuelo a vela.

Títulos superiores

Para obtener el distintivo de plata se exige:

1.º       Un vuelo de 5 horas de duración, con regreso al punto de salida.

2.º       Un vuelo de distancia de más de 50 km., medidos en línea recta desde el punto de salida hasta el de aterrizaje.

3.º       Un vuelo de altura ganando 1000 m. sobre el punto       de salida.

El vuelo de altura puede estar combinado con el de duración o el de distancia. Si el envuelo es por remolque con avión o torno, la altura de 1000 m. se contará sobre el punto de desembrague. La con­dición de altura puede cumplirse también si los 1000 m. se obtienen ganando altura sobre otro punto más bajo que el de partida sobre el cual se hubiese volado.
Para el vuelo de duración hay que proveerse de un certificado autorizado por personas que ostenten cargos deportivos u oficiales, tales como empleados de Aviación, en el cual constará de modo ex­plicito la duración del vuelo, el nombre del piloto y el día en que se ha realizado el vuelo.
Para el vuelo de altura hay que presentar el barograma certificado como antes o por autoridades deportivas o por autoridades oficiales de Aviación, debiendo constar en el barograma el nombre del piloto y el día del vuelo; además, el número del barógrafo. Hay que espe­cificar el modo de envolar con el que se ha emprendido el vuelo; si ha sido por tirantes, constará la altitud del punto de salida. Si ha sido remolcado por avión o por torno, se deberá poder hacer notar en el barograma el momento del desembrague. Si esto no es posible y, por ejemplo, el piloto del velero se ha soltado en una ascendencia y su velocidad ascensional no se modificó después de desembragar, podrá bastar un testimonio del piloto del avión, en el que conste la altitud en el momento del desembrague. Sea cualquiera el género de en-vuelo empleado, convendrá hacer constar la presión atmosférica en el lugar y momento de envolar. También se exige la curva de cali­brado del barógrafo, con el fin de poder hacer la debida interpreta­ción del barograma. En muchos casos no se ha podido hacer la propuesta de distintivo por faltar la curva de calibrado y no poderse hacer debidamente esa interpretación. La curva de calibrado no puede ser sustituida por un certificado de la policía aérea sobre la altura alcanzada. Naturalmente que tal curva deberá ser de fecha reciente y si no se dispone de ella o hay dificultades para obtenerla, el aspirante al título no le queda otro remedio que mandar hacer otra curva de calibrado y enviar después, con ésta, el barograma del vuelo.
Para el vuelo de distancia hace falta un certificado que acredite el punto de salida y la hora de la misma, así como el punto de aterri­zaje, con hora y fecha, certificado autorizado como los anteriormente citados. Si se aterriza en un lugar solitario, se acudirá al puesto de la Guardia civil o al alcalde más próximo. Si es posible, conviene tam­bién acompañar, en este caso, el barograma del vuelo.
Para el distintivo de oro es preciso:

1.º       Poseer el de plata.

2.º       Un vuelo de distancia de más de 300 km.

3.º       Un vuelo de altura con 3000 m. sobre el punto de salida.

Las propuestas de concesión de distintivo de oro deberán ser en­viadas con toda la documentación precisa a la:
Comisión Internacional del vuelo sin motor, Aeropuerto de Darm­stadt.
A la documentación hay que acompañar un envío de 3 marcos como importe de gastos.
Para los pilotos no alemanes (en caso excepcional, también los alemanes) puede hacerse el envío a la citada Comisión, por conducto del Aero Club. En este caso basta acompañar, en lugar de la docu­mentación citada, un certificado del Aero Club, si está reconocido por la F.A.I., en el que conste el cumplimiento de las condiciones. En este caso, el Aero Club asume toda la responsabilidad de las pruebas, para lo cual, según las prescripciones de la F.A.I., el citado Aero Club habrá reunido toda la documentación necesaria.
Los títulos A, B y C son concedidos en cada país por las Asocia­ciones reconocidas y llevarán una letra como indicativo del país expedido; así Inglaterra una G (Gran Bretaña), Italia una I. Solamente Alemania tiene el privilegio, como país fundador, de que los distintivos lleven únicamente las gaviotas sin aditamento alguno.
Los distintivos superiores son internacionales y por eso son sólo concedidos por la Istus (Int. Studíenkommission fur den motorlosen Flug:  Comisión Internacional para el estudio del vuelo sin motor). Por lo tanto, todos son iguales y solamente tienen por el reverso un número que es el de orden dado por la citada Comisión.
Además de estas pruebas y distintivos hay, en cada país, las llamadas pruebas y certificados oficiales. En Alemania hay:
Certificado de piloto de velero (llamado, contra toda lógica, título « C oficial »).
Este certificado lo autoriza la Aviación Oficial y concede al po­seedor la facultad de utilizar los terrenos dedicados a vuelo a vela y los aeródromos (por ejemplo, para vuelos de distancia), así como las exhibiciones públicas.
Este certificado tiene 3 grados:

a) Simple autorización.

b) Autorización para vuelo remolcado, como piloto de velero.

c) Autorización para vuelo acrobático en exhibiciones públicas. Las pruebas que deben efectuar los solicitantes de esos certifica­dos, comprenden:

1. Examen teórico oral acerca de:

a) Nociones fundamentales sobre la teoría del vuelo a vela, incluyendo el modo de apreciar la seguridad de los aparatos.

b) Conducta que se debe seguir durante el vuelo.

c) Las corrientes aéreas y su acción sobre el vuelo a vela.

d) Las disposiciones oficiales sobre el tráfico aéreo.

2. La parte práctica consiste en cinco vuelos que sumen, en total, 60 minutos de duración sin daño del aparato; en cada vuelo se habrá de permanecer 5 minutos por lo menos volando sobre el punto de salida. (Ha dejado de exigirse la condición, que antes se pedía, de aterrizaje sobre lugar prefijado.)
El certificado tiene normalmente una validez de dos años y debe renovarse antes de expirar este plazo para comprobar la perma­nencia, en actividad de vuelo, del poseedor del mismo.
Con objeto de obtener autorización para Vuelo remolcado con avión, el solicitante debe:

1.º        Poseer la autorización simple.

2.º        Realizar cinco vuelos correctos a remolque en distintas si­tuaciones meteorológicas.

3.º        Hacer, ante persona que ostente cargo oficial en Aviación, tres vuelos de prueba remolcado por avión.

Para autorizar estas pruebas hay profesores superiores de vuelo a vela, nombrados oficialmente.
Análogas prescripciones existen para la autorización de acroba­cias, y para saber exactamente lo dispuesto oficialmente sobre este particular basta dirigirse a las oficinas del Estado, en donde los em­pleados a su cargo informarán sobre las disposiciones que existen y modificaciones que hayan podido producirse en el transcurso del tiempo.
(Mientras se realiza la impresión de esta obra están en preparación nuevas normas para la obtención de títulos de pilotos de vuelo sin motor, que serán puestas en vigor en breve plazo por las Autoridades de Aviación. Estas nue­vas normas afectan más principalmente al título C, para el que se da una impor­tancia fundamental a ejecutar correctamente la virada y pierde, en cambio, importancia la circunstancia de permanencia en el aire de modo continuo durante un determinado tiempo. Se tiende a buscar con las nuevas normas el predominio de la habilidad maniobrera.- N. del T.)
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Última modificación: 26 de Febrero de 2006